Ad resurgendum cum Christo, instrucción para la conservación de las cenizas
La Congregación para la Doctrina de la Fe ha presentando una instrucción a cerca de la sepultura de los difuntos y la conservación de las cenizas en caso de cremación, llamada Ad resurgendum cum Christo. El documento fue presentado en la Oficina de prensa de la Santa Sede y ha participado en la presentación el cardenal Gerhard Ludwing Müller, prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el Padre Serge-Thomas Bonino; secretario de la Comisión Teológica Internacional y Mons. Angel Rodríguez Luño, consultor de la Congregación para la Doctrina de la Fe.
El documento está dirigido a los obispos de la Iglesia Católica, pero influye directamente en la vida de todos los fieles, debido al aumento en la elección de la cremación respecto al entierro. Además se tiene que tomar otro hecho, que es la difusión de la conservación de las cenizas en el hogar, como recuerdos conmemorativos o su dispersión en la naturaleza.
El Código de Derecho Canónico menciona que: “La Iglesia recomienda vivamente que se conserve la piadosa costumbre de dar sepultura a los cuerpos de los difuntos; sin embargo, no prohíbe la cremación, a no ser que esta haya sido elegida por razones contrarias a la doctrina cristiana”. A pesar de esta legislación la cremación está muy difundida en la Iglesia Católica. Con respecto a la práctica de la conservación de las cenizas, no existe legislación canónica específica. Por esa razón, algunas Conferencias Episcopales han recurrido a la Congregación para la Doctrina de la Fe, la cual ha publicado la nueva Instrucción con un doble objetivo: reafirmar las razones doctrinales y pastorales sobre la preferencia de la sepultura de los cuerpos; y establecer normas relativas a la conservación de las cenizas en el caso de la cremación.
La postura del prelado de la Iglesia es “seguir recomendado con insistencia que los cuerpos de los difuntos se entierren en el cementerio o en otro lugar sagrado, en memoria de la muerte, sepultura y resurrección del Señor.” Enterrar a los fieles difuntos es la forma más adecuada para expresar la fe y la esperanza en la resurrección corporal. Señala además que “si por razones legítimas se opta por la cremación del cadáver, las cenizas del difunto, por regla general, deben mantenerse en un lugar sagrado, es decir, en el cementerio o, si es el caso, en una iglesia o en un área especialmente dedicada a tal fin.” No está permitido la conservación de las cenizas en el hogar. Sólo en casos de graves y excepcionales circunstancias el Ordinario, de acuerdo con la Conferencia Episcopal o con el Sínodo de los Obispos, puede conceder el permiso para conservar las cenizas en el hogar. No se permite la dispersión de cenizas en el aire, en tierra o en agua o en cualquier otra forma, o la conversión de cenizas incineradas en recuerdos conmemorativos.
El cardenal Müller menciona que es necesario evangelizar el significado de la muerte, a la luz de la fe en Cristo resucitado. Y el padre Bonino destaca: “La Iglesia nunca ha dejado de afirmar que efectivamente el cuerpo en el que vivimos y morimos es el que resucitará en el último día. Por otra parte, es el motivo por el que los cristianos, guiados por el “sensus fidei”, veneran las reliquias de los santos. No son sólo un recuerdo en la estantería, sino que están relacionadas con la identidad del santo, una vez templo del Espíritu Santo, y esperan la resurrección.”
Finalmente debemos recordar que enterrar a los muertos es una obra de Misericordia con el prójimo y siguiendo la instrucción dada por la Congregación para la Doctrina de la Fe es como podemos vivir nuestra Fe en plenitud y en unión con la Iglesia y con Cristo.
Con información de News.va